Victor Álvarez Puga e Inés Gómez Mont
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Álvarez Puga está casado con la conductora de Television Inés Gómez Mont, integrante de una familia con mucho poder político en México pero que también está acusada de los mismos delitos de su esposo por lo cual también podria pasar años en prisión

La Fiscalía General de la República de México (FGR) pidió iniciar el trámite en Estados Unidos para la detención provisional con fines de extradición de Víctor Manuel Álvarez Puga, señalado en México por delincuencia organizada, lavado de dinero y defraudación fiscal.

De acuerdo con la Fiscalía mexicana, desde el pasado 17 de octubre del 2025, un juez estadounidense determinó la deportación de Álvarez Puga, pero su defensa impugnó esa decisión.

El 12 de noviembre se definirá la extradición de Víctor Manuel Álvarez Puga

Será hasta el próximo 12 de noviembre del 2025, cuando el juez migratorio decida si el empresario será deportado a México.

“Desde el 17 de octubre pasado, un Juez migratorio estadounidense determinó la deportación de dicha persona, ante lo cual sus abogados, en ese país, recurrieron esa orden de deportación, sobre la cual se pronunciará la autoridad, el próximo miércoles 12 de noviembre (2025)”, indicó la FGR.

El esposo de la conductora de Television Inés Gómez Mont tiene en su contra dos órdenes de aprehensión, una por delincuencia organizada y lavado de dinero y otra por defraudación fiscal.

Además, la Fiscalía mexicana ya había solicitado a la Interpol que emitiera una ficha roja para la búsqueda y localización del empresario.

La Organización Internacional de Policía Criminal (Interpol) mantiene vigente esa alerta en 196 países.

Actualmente, Álvarez Puga se encuentra detenido en las instalaciones migratorias de Miami, Florida, en Estados Unidos.

De qué se le acusa a Víctor Manuel Álvarez Puga

Uso de empresas fantasma y evasión fiscal

  • El uso de empresas fantasma se vincula con el delito de defraudación fiscal y la emisión de comprobantes fiscales falsos. De acuerdo con el artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF):
  • Sanción: Prisión de 2 a 9 años para quien expida, enajene, compre o adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o simuladas.

Orquestación de operaciones para el desvío de recursos públicos:

  • El Código Penal Federal considera como delito la administración fraudulenta y el peculado por el desvío de recursos públicos:
  • Peculado (art. 223 CPF): Prisión de 2 a 14 años, dependiendo del monto sustraído. Multa de hasta 150 días. Destitución e inhabilitación para ejercer cargos públicos hasta por 10 años.

Asociación delictuosa y delincuencia organizada

Si los delitos anteriores se cometen en grupo, pueden configurarse como delincuencia organizada:

Delincuencia organizada (art. 2 y 4 LDO):

Prisión de 20 a 40 años para quienes cometan en grupo delitos como operaciones con recursos de procedencia ilícita, defraudación fiscal o similares.

  • Si los delitos anteriores se cometen en grupo, pueden configurarse como delincuencia organizada:
  • Delincuencia organizada (art. 2 y 4 LDO):
  • Prisión de 20 a 40 años para quienes cometan en grupo delitos como operaciones con recursos de procedencia ilícita, defraudación fiscal o similares.

Por Redacción Cuaima Team

Redacción CuaimaTeam